15
Ofertas vinculantes, negociación y mediación
El intento de acuerdo que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de demandar en asuntos civiles.
15.01
Emisión de oferta confidencial vinculante
Emisión de oferta confidencial vinculante conforme al artículo 8 de la Ley 1/2025, como medio adecuado de solución del conflicto y requisito de procedibilidad. Honorarios fijos por su envío desde el Despacho, firmada por abogado.
- Si la parte contraria formula una contraoferta y se inicia una negociación, las actuaciones posteriores se minutan con la tarifa horaria del apartado 15.02.
- Si la contraparte acepta la oferta vinculante, se devengan unos honorarios finales del 20 % de la cuantía del pleito.
- No incluye la asistencia a la notaría si la oferta es aceptada. Si el cliente la solicita, se minuta conforme al apartado 10.05.
300 €
15.01.01
Requerimiento de rendición de cuentas al administrador cesado
Emisión de un requerimiento tipo MASC dirigido a quien administró la comunidad para que rinda cuentas detalladas y justificadas de toda su gestión, entregue la documentación que obre en su poder y abone el saldo que resulte. La inmensa mayoría de los casos se resuelve en esta fase. Además de cumplir el requisito de procedibilidad previo a la vía judicial, acredita el incumplimiento y fija el inicio del devengo de los intereses del artículo 1724 del Código Civil. Si no fuera el caso, el paso siguiente es la reclamación judicial, que se sustancia por una demanda de cuantía indeterminada de las previstas en el apartado 20.03.01.
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300 €
el requerimiento previo
el pleito, aparte
15.02
Negociaciones, mediaciones y conciliaciones
Intervención profesional en procedimientos de negociación, mediación o conciliación obligatoria previa al proceso judicial, conforme a la Ley 1/2025 y demás disposiciones reguladoras. Se minuta según la tarifa horaria indicada.
- A la aceptación del encargo se abona una provisión de fondos fija no retornable equivalente a tres horas. No hay reembolso si se invierten menos horas.
- De esa provisión se descuenta el tiempo efectivamente invertido, por fracciones mínimas de media hora por contacto o intervención.
- Agotada la provisión, el cliente puede efectuar una nueva para continuar, o dar las negociaciones por terminadas sin acuerdo.
- Las reuniones se procuran por videoconferencia o teléfono. Las presenciales fuera del despacho se minutan con un mínimo de dos horas (una de asistencia y una de desplazamiento).
- La redacción del acuerdo alcanzado se minuta conforme a la tarifa horaria.
- La asistencia a la firma notarial del acuerdo se minuta como reunión fuera del despacho, con un mínimo de dos horas.
- La certificación de haberse celebrado las negociaciones sin acuerdo, a efectos de acreditar el intento del MASC para poder demandar, se minuta con media hora de dedicación.
Estos honorarios son independientes de los que correspondan por actuaciones judiciales previas o posteriores. No incluyen los honorarios del mediador designado por una institución de mediación ni los honorarios notariales de la elevación a público del acuerdo.
300 €
por hora o fracción
20
Asuntos judiciales civiles y de propiedad horizontal
El pleito civil, de la demanda a la sentencia, con abogado y procurador incluidos.
20.01
Morosidad
Reclamación de cuotas de comunidad impagadas, o defensa frente a la reclamación recibida. Incluye abogado y procurador, y el envío de una oferta confidencial vinculante como MASC para cumplir con las exigencias de la Ley Orgánica 1/2025.
Producto de precio cerrado: no requiere la consulta previa del apartado 10.02. El 50 % al encargo y el resto al juicio o a la finalización sin juicio. Si el deudor se opone y el asunto continúa por los trámites del juicio verbal, el mínimo pasa a 1.500 € y se devenga la diferencia al presentar la impugnación de la oposición; el porcentaje no varía. Si el asunto tuviera especial complejidad (herencias yacentes, ignorados herederos y similares), se presupuesta previamente.
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36 %
de la mayor cantidad reclamada
mínimo 750 €
20.01.01
Personación en ejecuciones ajenas
Personación ante el juzgado en el que un tercero sigue una ejecución contra un inmueble de interés para la comunidad, para estar puntualmente informados de la marcha de la subasta, de la identidad del adjudicatario y de la fecha de la adjudicación, dado que el adjudicatario responde frente a la comunidad de las cuotas del año de la adjudicación y de los tres anteriores.
500 €
20.02
Asistencia personal del socio director a vistas y juicios
Las vistas y los juicios de los asuntos de este apartado los atiende el abogado que el Despacho designa según el asunto y conforme a la estrategia fijada. Si el cliente desea que la vista la celebre personalmente el socio director, como letrado encargado de su desarrollo y exposición oral, abona este importe además de los honorarios fijados para el asunto.
Se minuta por cada hora o fracción de duración de la vista, más una hora de desplazamiento.
450 €
por hora o fracción
20.03
Pleitos de cuantía indeterminada, incluida la impugnación de acuerdos
Interposición de demandas de asuntos de cuantía indeterminada, o defensa frente a las demandas recibidas. Por la primera instancia y hasta la sentencia, con abogado y procurador incluidos.
- Inicio de la mediación en la institución de mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid: tasas y derechos iniciales, sesión informativa, hasta un máximo de tres sesiones de mediación, y firma de actas y certificaciones. No incluye el coste de protocolizar el acuerdo final ante notario.
- El 50 % al encargo y el resto al alcanzarse el acuerdo en mediación o al celebrarse el juicio.
Si el asunto tuviera especial complejidad, se presupuesta previamente.
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9.000 €
posibilidad de otros acuerdos de honorarios
20.03.01
Rendición de cuentas del administrador cesado
Demanda de juicio ordinario contra quien administró la comunidad para que rinda cuentas detalladas y justificadas de toda su gestión, entregue la documentación que obre en su poder y abone el saldo que resulte con sus intereses (artículos 1720 y 1724 del Código Civil), o defensa frente a esa demanda. Por la primera instancia y hasta la sentencia, con abogado y procurador incluidos. El saldo se liquida conforme a los artículos 718 a 720 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- El 50 % al encargo y el resto al celebrarse el juicio.
Si el asunto tuviera especial complejidad, se presupuesta previamente.
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9.000 €
20.04
Pleitos de cuantía determinada
Cualquier otra demanda de asuntos con cuantía determinada, o defensa frente a las demandas recibidas, con abogado y procurador incluidos.
El 50 % al encargo y el resto al juicio. Si el asunto tuviera especial complejidad, se presupuesta previamente.
36 %
de la cuantía
mínimo 2.100 €
20.05
Defectos constructivos
Reclamación de defectos constructivos a la promotora, a la constructora y a la dirección facultativa. Incluye la evaluación pericial previa, los requerimientos que interrumpen la prescripción de la responsabilidad, las diligencias preliminares si se consideran necesarias, la negociación y la reclamación judicial en primera y segunda instancia (no incluye el recurso de casación ante el Tribunal Supremo). Incluye los costes de abogado y procurador, así como un análisis previo de perito.
- Los honorarios del perito por la elaboración del informe pericial y su defensa en juicio se presupuestan aparte, en función de su complejidad y extensión.
- El porcentaje se calcula sobre la cantidad total que hayan de pagar los demandados por todos los conceptos, por acuerdo o por condena firme.
- El mínimo se percibe al encargo como pago a cuenta no retornable.
- Las costas quedan a beneficio del cliente.
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20 %
mínimo 7.900 €
20.06
Dictamen previo a actuaciones judiciales
Análisis previo de cualquier asunto civil, incluida la propiedad horizontal, con estudio de la documentación, la normativa y la jurisprudencia aplicables al caso, y estimación final de las probabilidades de éxito. Si tuviera especial complejidad, se presupuesta previamente.
Estos honorarios se consideran a cuenta de los honorarios totales del pleito siempre que este se encargue antes de que transcurran tres meses desde la emisión del dictamen.
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50 %
de los honorarios del pleito
mínimo 3.000 €
20.07
Recursos de apelación
Interposición del recurso de apelación contra la sentencia desfavorable, u oposición al recurso planteado de contrario, con abogado y procurador incluidos.
El 100 % al encargo. Si el asunto tuviera especial complejidad, se presupuesta previamente.
60 %
de los honorarios del pleito
mínimo 2.400 €
20.08
Recursos de casación y amparo
Interposición del recurso de casación o del recurso de amparo, con abogado y procurador incluidos.
El 100 % al encargo. Se presupuesta según la complejidad y la extensión del recurso, con el mínimo indicado.
9.600 €
mínimo
40
Asuntos penales de la comunidad
El Despacho lleva asuntos penales cuando nacen de la comunidad de propietarios: apropiación indebida y administración desleal de administradores, presidentes o empleados, y en general los delitos cometidos contra la comunidad o por sus propios órganos. No se aceptan asuntos penales ajenos a la comunidad.
40.01
Denuncias y querellas
Redacción de la denuncia penal o de la querella criminal ante el juzgado competente.
2.350 €
40.02
Asistencia a ratificaciones, interrogatorios y declaraciones de testigos
Comparecencias judiciales, por cada hora o fracción.
780 €
por hora o fracción
40.02.01
Reuniones preparatorias y de trabajo
Reuniones con el cliente, los peritos o los testigos para analizar y preparar sus declaraciones.
780 €
40.03
Escritos sin especial fundamentación
Escritos de mero trámite o de impulso del procedimiento.
540 €
40.03.01
Escritos fundamentados
Escritos solicitando el sobreseimiento o el archivo de las actuaciones, sobre la situación personal del investigado, promoviendo incidentes (competencia, prejudicialidad, recusación) y recursos ante la misma instancia, o de oposición a los correspondientes escritos de contrario.
1.500 €
40.03.02
Escritos de especial trascendencia
Escritos de acusación, de defensa y recursos ante instancia superior.
3.000 €
40.04
Asistencia al juicio
Asistencia a la primera o única vista del juicio oral o plenario.
4.750 €
40.04.01
Asistencia al juicio: segundas sesiones
Asistencia a las segundas y sucesivas sesiones o vistas del juicio oral o plenario.
1.150 €
40.05
Recurso contra sentencias de los juzgados de lo penal
Recurso contra las sentencias dictadas por los juzgados de lo penal, o impugnación del recurso de apelación contrario.
2.350 €
40.05.01
Recurso contra sentencias de la Audiencia Provincial
Recurso contra las sentencias dictadas por la Audiencia Provincial, o impugnación del recurso de apelación contrario.
3.550 €
40.06
Recurso de casación contra sentencias penales
Interposición del recurso de casación contra sentencias penales. Se presupuesta según su complejidad y extensión.
7.200 €
mínimo
90
Recargos por urgencia y días festivos
Lo que cuesta que el Despacho trabaje cuando nadie trabaja, o en menos de cuarenta y ocho horas.
90.01
Intervenciones urgentes o en días festivos que requieren presencia física
Cuando se requiere la presencia física del letrado (en la sede judicial, en dependencias policiales o en cualquier otro lugar, incluidas las oficinas del Despacho) en día festivo o en periodo vacacional (todo el mes de agosto y del 24 de diciembre al 7 de enero), se percibe este incremento además del importe que corresponda por la actuación.
1.200 €
por día o fracción
90.02
Intervenciones urgentes o en días festivos que no requieren presencia física
Cuando, sin ser necesaria la presencia física, se requiere al Despacho la redacción de escritos, contratos o recursos, o la realización de estudios, análisis, conferencias, entrevistas o consultas en día festivo o en periodo vacacional, o cuya entrega se requiere en un plazo inferior a cuarenta y ocho horas desde el encargo.
50 %
sobre el importe de la actuación
90.03
Presencia personal del socio director
Las actuaciones que requieren presencia física (reuniones, juntas, visitas de inspección, vistas, juicios y comparecencias) las atiende el abogado designado por el Despacho según la naturaleza del asunto y la estrategia diseñada. Si el cliente desea que la actuación la realice personalmente el socio director, los honorarios se incrementan en este porcentaje.
Las vistas y los juicios de asuntos civiles se rigen por su apartado específico (20.02), a 450 € por hora o fracción.
50 %
sobre los honorarios de la actuación