Para que nuestra procuradora y nuestro abogado puedan representarle ante los tribunales, necesitan un poder para pleitos. Puede otorgarlo sin coste y sin desplazarse en la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia, con su certificado digital o su DNI electrónico. Este vídeo muestra el proceso completo, de principio a fin, para una comunidad de propietarios; si lo otorga en su propio nombre, los pasos son los mismos.
Al terminar, envíenos por correo electrónico el certificado de inscripción del poder: es el PDF que la sede le deja descargar en el último paso (se llama «CertificadoRegistro»). Sin él no podemos aportarlo al procedimiento, porque la sede no nos deja verlo desde nuestro lado.
Acceso directo a la sede: sedejudicial.justicia.es. Si no dispone de firma digital, el poder puede otorgarse también en la secretaría del tribunal o ante notario.