La Sentencia Nº 453/2016 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Madrid en fecha 20/12/2016 anula por ser contraria a Derecho la sanción de 600 euros impuesta por el Ayuntamiento de Madrid (Organismos autónomo Madrid Salud) a un joven por consumir alcohol en la vía pública, que fue representado por Valenzuela Abogados.
Básicamente la sentencia reconoce que, pese a la presunción de veracidad que el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo Común, concede a los agentes de policía, la parquedad de la denuncia tramitada exige una posterior explicación o ampliación que no se ha dado, habiendo quedado en entredicho la versión policial tras la declaración de una testigo que negó los hechos de que se acusaba al demandante.
La sentencia es firme ya que no puede ser recurrida por su cuantía.
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