Nota breve

Quién contribuye a las costas de pleitos en las Comunidades de Propietarios.

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Quién contribuye a las costas de pleitos en las Comunidades de Propietarios

La Sentencia del Tribunal Supremo 8003/2011, de 17/11/2011 vino a reiterar como doctrina jurisprudencial la ya recogida en la previa Sentencia del TS 475/2011, de 24/06/2011 que cuando la comunidad de propietarios se enfrenta judicialmente contra alguno de sus miembros, los desembolsos impuestos por la situación litigiosa no son gastos generales en relación a este pero sí respecto del resto de los integrantes de la comunidad de propietarios.

Coherentemente con lo anterior, si bien esto ya es interpretación nuestra y no figura en esta sentencia, deberemos considerar que cuando sea la Comunidad de propietarios la que sea beneficiada con la condena en costas, el propietario vencido en pleito, que paga las costas, no deberá participar en el reparto del ingreso que haga la Comunidad.

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